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sábado, 10 de septiembre de 2011

Accidente de Tráfico.

Los accidentes de tráfico

Que debemos hacer si por desgracio nos vemos implicados en un accidente de tráfico.

Si usted es el conductor, una vez superado el sobresalto inicial, hay que tratar de llegar a un acuerdo con el otro conductor implicado para cumplimentar “el parte amistoso de accidente” que facilitan las compañías de seguros.

En el parte amistoso se consignan los datos de las partes, del vehículo y de los respectivos seguros de accidente, así como si ha habido lesionados y los daños que ha sufrido cada vehículo; debe ser firmado por los conductores afectados por el accidente.

Si no es posible el acuerdo ya que existe un enfrentamiento entre los implicados o una falta de acuerdo, o si existen lesionados o los daños del vehículo son de especial importancia lo mejor es avisar a la Policía Local o Guardia Civil.

Los agentes que se desplacen al lugar del accidente elaborarán el correspondiente “atestado”. Este documento constituirá una prueba fundamental para determinar quién ha sido el responsable del accidente y reclamar la reparación de los daños sufridos y las indemnizaciones por las lesiones, a las compañías de seguros, bien de forma extrajudicial, bien iniciando las correspondientes acciones legales.

Si el responsable o el otro conductor implicado en el accidente de circulación niega su colaboración, tome nota de todos aquellos datos que puedan servir para identificarle, de la matrícula, de los testigos que hayan presenciado el accidente, etc.

Es importante dar parte  a la compañía de seguros de que se ha producido el accidente de tráfico; para ello tendrá un plazo de 7 días.

Si usted considera que no es culpable del accidente y que la responsabilidad es del conductor del otro vehículo, tendrá un plazo de 6 meses para interponer la correspondiente denuncia penal.

Si ésta es archivada porque se considera que los hechos denunciados no son constitutivos de delito o falta, dispondrá del plazo de 1 año para interponer la reclamación en vía civil; este plazo se cuenta desde que concluye la vía penal.

Lo recomendable es que ponga su caso en manos de un abogado quien le asesorará sobre qué cantidad debe reclamar por los daños sufridos, la procedencia de iniciar o no acciones judiciales, la viabilidad de interponer una denuncia penal contra la persona que usted considera responsable del accidente, así como todas aquellas cuestiones que puedan estar relacionadas con el supuesto concreto.

En el caso de iniciar acciones judiciales, la compañía aseguradora deberá hacerse cargo de los gastos de abogado si usted cuando contrató el seguro, suscribió en la póliza la cobertura de “defensa jurídica”.

Tenga en cuenta que si usted es víctima de un accidente de circulación e independientemente de la clase de daños que sufra (físicos o personales, o materiales) tiene derecho a ser indemnizado. Para solicitar que se le abone dicha indemnización, existen dos vías:

1.- Extrajudicial: negociando con la compañía aseguradora la cuantía de la indemnización.

2.- Judicial: en el supuesto de que el accidente constituya un delito o falta (vía penal) o la compañía no ofrezca una indemnización adecuada (vía civil); en estos supuestos será necesario interponer la correspondiente denuncia para que se tramite el oportuno procedimiento penal o la demanda ante los juzgados civiles en reclamación de la cantidad que se considere apropiada.

Debe destacarse también que si se ha interpuesto denuncia y resulta que los hechos son constitutivos de un delito o falta, en el mismo procedimiento penal podrá determinarse la cuantía de la indemnización que debe abonar la compañía aseguradora en reparación de los daños sufridos por las víctimas del accidente de tráfico.

La cuantía de la indemnización a percibir dependerá del tipo de daños que se hayan causado (personales y materiales) y del alcance de los mismos.




1 comentario:

  1. Muy útil el post, siempre que la cosa se complique es mejor buscar abogados accidente de tráfico para que nos asesoren de manera correcta.

    Un saludo,
    M

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